MEJORAS NORMATIVA PRÉSTAMOS VIVIENDA
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GENERAL
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Garantía
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La financiación de la vivienda pasa a tener garantía mixta: una parte hipotecaria (60% del capital concedido) y el resto garantía personal (40%). En un único préstamo.
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Ámbito
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Toda la plantilla (Grupos 1 y 2 de cualquier nivel) a partir de los 9 meses y con contrato indefinido
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NO LCI
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Inclusión en la normativa de la figura del cotitular para evitar problemas con Notarios y Registradores (aplica la excepción LCI)
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Entidades Integradas
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Se incluye el complemento de homologación para el cálculo de los capitales máximos
Se incorpora la posibilidad de alquiler para la plantilla movilizada de BBSAU
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Fincas rústicas
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Se permite su financiación
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Concurrencia de empleados
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Cotitular préstamo A que ha pasado a ser empleado/a (entidades integradas o nueva contratación): se posibilita el acceso al préstamo A como primera adquisición
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SEVIAM
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En constituciones de SEVIAM con cuota revisada excesivamente al alza por enfermedad grave o discapacidad, se podrá valorar la cobertura por un % inferior al 50%
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Promotor uso propio
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Se amplía el plazo para incluir el terreno en la financiación hasta los 18 meses (ampliable a 24 meses justificando causas)
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Se admitirá la coordinación de gremios adjuntando los diferentes presupuestos
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Préstamo para adquisición con Gran Rehabilitación
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Nueva finalidad cuando se adquiera una vivienda que requiera de obras mayores (con proyecto de obra visado y licencia de obras mayores)
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Parking
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Compra simultánea
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Piso + 2 plazas de parking
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Con préstamo A o B
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Compra posterior
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Se reduce de 6 a 3 años el plazo mínimo para financiar la plaza de parking con el préstamo Mejora
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TIPO A
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Posibilidad de financiar una 4ª vivienda en estos casos:
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Traslado > 100 km por causas profesionales
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Ruptura convivencia
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Discapacidad sobrevenida >o= 33%
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Violencia de género
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Si se tiene a su cargo 3 o más personas (hijos <18 años y familiares primer grado dependientes)
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Capital mínimo garantizado
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Ampliación hasta 240.000 €
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Amortización
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Eliminación carencia obligatoria cuando se coge el capital mínimo garantizado
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Carencia opcional hasta 2 años, salvo ratio endeudamiento >40% que será obligatoria.
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El ratio de endeudamiento se calcula con la cuota en amortización.
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Construcción vivienda en terreno propio: carencia obligatoria de 1 año.
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Cambio de vivienda
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Se garantiza la financiación del 110%: con aportación de la compensación recibida
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2ª hipoteca
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Computar las segundas hipotecas (finalidad adquisición) de entidades integradas formalizadas en la misma fecha que la primera hipoteca de empleado (entidades integradas)
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Amortización
Extraordinaria
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Las Amortizaciones Extraordinarias dejan de penalizar:
Suman a la fórmula de cambio de vivienda
Excepción: las realizadas 12 meses anteriores si no se vende la vivienda
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Ruptura convivencia (Pérdida propiedad anterior vivienda)
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Se garantizan 240.000 € Requisito: no disponer de otra vivienda en 25 km de la población de la vivienda habitual
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Si la valoración de la vivienda anterior es inferior a la tasación la diferencia se financiará mediante préstamo Adicional A
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Sumará el saldo vivo del préstamo antes de la novación en caso de ser necesaria amortización
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Nuevos supuestos de Alquiler
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En caso de ser tutor de persona dependiente y se conviva con ésta.
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Por discapacidad sobrevenida de grado >= 33% que conlleve necesidad de cambiar o adaptación vivienda
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Personas afectadas por violencia de género (Sentencia judicial)
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Ruptura convivencia (Resto situaciones)
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Cesión
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En caso mantener propiedad pero no el usufructo (acreditado por Convenio Regulador ratificado por el/la Juez), se excepciona el límite conjunto de 5 anualidades de los préstamos A y B
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Compra a la expareja
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Si se debe compensar con un importe
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En préstamo A se permite la diferencia entre importe disponible y el capital inicial del préstamo
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Si no fuera suficiente, en préstamo Adicional A hasta el 110% de la compensación a pagar.
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Pérdida propiedad
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En la transmisión a la expareja se restará la compensación recibida, no la tasación
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ADICIONAL A
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Compra con reformas
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En caso de préstamo adicional será este el que se haga en curso de entrega
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TIPO B
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Antigüedad Necesaria
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Se reduce de 5 años a 9 meses con contrato indefinido
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Amortización
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Se amplía el plazo de 20 a 25 años
Carencia opcional hasta 2 años, salvo ratio endeudamiento >40% que será obligatoria.
Construcción vivienda en terreno propio: carencia obligatoria de 1 año.
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ADICIONAL B (NUEVO)
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Novedad
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Se trata de un nuevo préstamo que permite financiar hasta el 110%
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Compra con reformas
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En caso de préstamo adicional será este el que se haga en curso de entrega
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Límite conjunto 5 anualidades
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Si por esta limitación no tienes acceso a tipo B, podrás usar este adicional hasta el 110%
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Interés
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2 primeros años: Euribor+1,5+0,47
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(igual que el tramo 2 del préstamo B)
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A partir del tercer año: Euribor+1,5
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Cotitular
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Este préstamo no afectará a la capacidad crediticia del empleado/a si el cotitular acredita suficiente capacidad financiera
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PRÉSTAMO MEJORA
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Finalidad
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Se podrá solicitar a los 3 años desde la concesión del préstamo A (antes había que esperar 6 años)
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Amortización
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Se amplía el plazo a 20 años, hasta ahora era de 15 años
Carencia opcional hasta 2 años, salvo ratio endeudamiento >40% que será obligatoria.
Préstamos en curso de entrega: carencia obligatoria de 1 año.
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Requisitos
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En el plazo máximo de 1 año (pendiente a la finalización de la carencia) se deberán justificar las mejoras realizadas
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Se admitirá la coordinación de gremios adjuntando los diferentes presupuestos
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