La plantilla de CaixaBank podemos disfrutar de los siguientes permisos, fruto de la negociación colectiva liderada por CCOO:
Permisos retribuidos
Vacaciones
25 días hábiles o 26 si no hay reducción de jornada durante la semana de fiestas locales.
- Horarios especiales 4 días más.
- Canarias 2 días más.
Se podrán disfrutar a continuación de los permisos de maternidad, paternidad o lactancia acumulada, incluso si se produce cambio de año.
Posibilidad de fraccionar hasta en 4 períodos y disfrutarse hasta el 31 de enero del año siguiente.
Días de libre disposición
3 días hábiles.
Oficinas con horario laboral singular, 4 días adicionales.
1 día adicional por discapacidad con un grado igual o superior al 33%.
Desayuno
20 minutos.
Flexibilidad horaria
Por razones de conciliación, flexibilidad de 1 hora en el horario de entrada y salida (debe compensarse el mismo día).
La gestión corresponde a la oficina o centro de trabajo.
Asistencia a exámenes
Hasta 20 horas anuales debidamente justificadas, sólo para estudios con reconocimiento oficial. Marcaje por Peoplexperience.
Pruebas prenatales y preparación al parto
Por el tiempo indispensable, cuando deban realizarse dentro de la jornada laboral. Marcaje por Peoplexperience.
Nacimiento
16 semanas.
6 semanas obligatorias ininterrumpidas, a jornada completa, inmediatamente posteriores al parto. La madre biológica puede anticipar hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
10 semanas continuadas al período obligatorio o de forma discontinua, en períodos semanales hasta los 12 meses del hijo/a.
Ampliaciones
- 1 semana para cada progenitor, por cada hijo/a, a partir del segundo/a, en caso de nacimiento múltiple.
- 1 semana para cada progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
- En los casos de parto prematuro y aquellos supuestos en que el/la neonato/a deba permanecer hospitalizado/a a continuación del parto, por un período superior a 7 días, la prestación se podrá ampliar en tantos días como el/la nacido/a se encuentre hospitalizado/a, con un máximo de 13 semanas. Pueden disfrutarlo cada uno de los progenitores.
- 1 semana para cada progenitor en caso de bajo peso según criterio establecido por la Seguridad Social.
Ampliación de la prestación por nacimiento
10 días naturales (14 días naturales en caso de parto múltiple o hijo/a con discapacidad) para ambos progenitores.
Lactancia
Ambos progenitores pueden disfrutar alternativamente de:
- Reducción de 30 minutos de la jornada laboral hasta que el/la menor cumpla nueve meses.
- 10 días hábiles hasta los 9 meses + 5 días hábiles hasta los 12 meses.
- Se pueden acumular ambos periodos si se disfrutan hasta los 9 meses.
- No es necesario disfrutarlos a continuación de un período de suspensión o de los días de mejora Caixabank.
En caso de parto múltiple el permiso se multiplica por el número de hijos e hijas.
Marcaje por Recursos Humanos, solicitud por Peoplexperience.
Asistencia a sesiones para trámites de adopción y acogida
Para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. Marcaje por Peoplexperience.
Adopción y acogimiento
16 semanas para cada progenitor.
- 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas a continuación de la fecha de la resolución judicial o decisión administrativa. Las 10 semanas restantes, en períodos semanales, de manera acumulada o discontinua, dentro de los 12 meses siguientes a la resolución judicial o decisión administrativa.
- Ampliación: 1 semana para cada progenitor a partir del segundo hijo/a en caso de adopción o acogimiento múltiples y en caso de discapacidad del hijo/a.
Nacimiento de hijo o hija con discapacidad
Por el nacimiento de un hijo/a con discapacidad menor del 65%, se podrá disfrutar de un permiso retribuido los jueves tarde hasta el tercer aniversario del hijo/a.
Si el grado de discapacidad es igual o superior al 65%, este permiso tendrá carácter indefinido.
También se puede disponer de un permiso retribuido de hasta 30 días, dentro de los primeros 24 meses desde el nacimiento de hijos/as con discapacidad con un grado reconocido por la Seguridad Social igual o mayor al 65%, por motivos justificados acordes con la discapacidad. Éste podrá disfrutarse de forma fraccionada en un máximo de tres períodos hasta el límite de los 30 días establecidos. El empleado/a deberá realizar su petición con un preaviso de 15 días.
Acompañamiento asistencia médica de hijos e hijas menores de edad
Hasta 10 horas (a recuperar obligatoriamente). Marcaje por Peoplexperience.
Acompañamiento asistencia médica, radioterapia, quimioterapia, diálisis o sesiones de rehabilitación
Hasta 20 horas (a recuperar obligatoriamente). Marcaje por Peoplexperience.
Violencia de género
Hasta 3 meses en caso de necesidad acreditada de alejamiento.
Por cumplimiento de deber público y personal
Por el tiempo indispensable o según lo regulado legalmente. Marcaje por Peoplexperience.
* Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad o de personas convivientes
5 días hábiles.
En los supuestos de enfermedad grave, hospitalización e intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario, podrán disfrutarse de manera discontinua dentro de la temporalidad que comprenda dicha hospitalización y hasta su finalización por alta hospitalaria o médica, sin que sea necesario que el inicio del mismo coincida con el momento del primer día de hospitalización. El envío de solicitud o notificación deberá efectuarse antes de la fecha de su inicio por las necesidades de adaptación organizativa. Marcaje por Peoplexperience.
La ampliación de permisos tiene la misma naturaleza que el permiso: podrá disfrutarse de forma discontinua y no necesariamente a continuación del permiso, siempre que no haya cesado la causa que lo originó.
* Matrimonio o formalización de pareja de hecho
Primero disfrutado siendo plantilla CaixaBank: 20 días naturales.
Segundo y posteriores: 15 días naturales.
Disfrute a partir del día del matrimonio, incluido y sin interrupción excepto que la celebración sea en día no laborable, supuesto en el cual el permiso empezará el primer día laborable.
En el caso de pareja de hecho, el disfrute del permiso se deberá iniciar en el plazo máximo de un mes desde la fecha de comunicación a la entidad. Se debe comunicar en un plazo de tres meses.
* Fallecimiento de familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad
3 días hábiles + 2 días hábiles por desplazamiento.
En el supuesto de fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho con hijos menores en común, 2 días adicionales al permiso por fallecimiento.
* Traslado de domicilio habitual
2 días hábiles.
* Reincorporación de personal desplazado desde el extranjero
15 días desde la baja en el país extranjero.
Ampliación de algunos permisos retribuidos (*)
Se pueden añadir hasta un máximo de 3 días laborables al año en total, en una o varias veces, a continuación del permiso o permisos siguientes, a opción del interesado/a:
- Matrimonio o formalización de pareja de hecho;
- Fallecimiento de familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad;
- Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad o de personas convivientes;
- Traslado de domicilio habitual;
- Reincorporación de personal desplazado desde el extranjero.
Permiso por causa de fuerza mayor
30 horas hábiles anuales para motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Marcaje por Peoplexperience.
Permiso de corta duración
Permisos de 1 día hábil o hasta 10 horas (alternativamente) por urgencias, imprevistos, necesidades personales y familiares. Marcaje por Peoplexperience.
Extraordinario
Que no excedan de 10 días al año. Por el número de días necesarios. Debidamente acreditados. Previo aviso y justificación.
Permisos no retribuidos
Deben solicitarse por escrito con justificación a RRHH del territorio.
Necesidades familiares graves
De 1 semana a 1 mes.
Situaciones personales o familiares graves
Hasta 10 días (establecido en el Protocolo de Igualdad y Conciliación).
Enfermedad grave de cónyuge/pareja de hecho e hijo/a y familiares hasta 1r grado
Hasta 10 días sin necesidad de haber agotado vacaciones para su disfrute.
Accidente o enfermedad grave de familiar hasta 1r grado de consanguinidad o afinidad
De 1 semana a 1 mes, ampliable hasta 6 meses. Una vez cada dos años.
Hospitalización o cuidados paliativos de familiares hasta 1r grado de consanguinidad o afinidad
De 1 semana hasta 6 meses. Puede solicitarse tantas veces como se produzcan.
Adopción internacional, reproducción asistida, maternidad subrogada
Hasta 1 mes, ampliable (establecido en el Protocolo de Igualdad y Conciliación),
Permiso parental
Hasta 8 semanas, continuas o discontinuas, que podrán disfrutarse a tiempo completo en períodos de 7 días naturales hasta el momento en que el menor cumpla 8 años.
Comporta una suspensión de contrato no remunerada con reserva de puesto de trabajo.
Debe solicitarse con un mínimo de 10 días de antelación.
Computa para la antigüedad a efectos de promoción de nivel por experiencia, trienios y pagas especiales.
Mantiene:
- Aportaciones al Plan de pensiones;
- Seguro médico;
- Condiciones de préstamos, anticipos y depósitos de empleado,
No devenga vacaciones ni cotiza a la Seguridad Social.
Estudios
Hasta 10 días para cualquier estudio.
Entre 1 y 6 meses para finalizar estudios superiores o doctorados.
Extraordinario
Hasta 6 meses. Concesión potestativa de la Entidad. Disfrute 1 vez cada 4 años.
Ruta para la solicitud y marcaje en Peoplexperience:
Peoplexperience > Mi día a día > Acceso a mi portal > Acciones rápidas.
Adjuntar documentación:
Peoplexperience > Mi día a día > Mis gestiones habituales > Envío documentación a RRHH > Tipo documentación “Doc. justificativa permiso”
Grados de consanguinidad y afinidad
1r grado | cónyuge, padre, madre, hijo/a, suegro/a y yerno o nuera. |
2o grado | abuelo/a, nieto/a, hermano/a y cuñado/a |
3r grado | tío/a, sobrino/a, bisabuelo/a y bisnieto/a |
4o grado | primo/a hermano/a y tío/a abuelo/a |