CCOO cerramos el acuerdo de aplicación salarial del Convenio como primera parte de lo que debe ser un proceso global de negociación sobre salarios, adecuación progresiva y clima laboral
Tal como anticipamos en nuestro comunicado lanzando la negociación sobre aplicación salarial, la clave de esta negociación concreta era cerrar una aplicación salarial del Convenio en el corto plazo, de forma que se aplique a ser posible en la nómina de junio, con atrasos incluidos desde el 1/01/2024.
En esta primera fase de negociación, CCOO hemos priorizado, como ya dijimos, una aplicación salarial del convenio:
- Que garantizase la aplicación de los incrementos salariales sin adecuación progresiva, algo que hemos conseguido.
- Que garantizase la aplicación de las subidas a todos los niveles, lo que hemos conseguido en gran medida, salvo para los niveles I, II y III.
- Que acabase con disfunciones que provocan que haya ascensos de nivel sin incremento retributivo o que éste sea mínimo, lo que hemos conseguido claramente en lo relativo al nivel IV respecto al V.
Por ello hemos incluido:
- Mecanismo para la plantilla con adecuación progresiva y complemento de homologación: la garantía salarial se irá actualizando con la revisión salarial (5%-2024- 3%-2025 y 3%-2026-) sobre el nivel retributivo y los conceptos salariales de carácter mensual, sujetos a adecuación progresiva y/o complemento de homologación y revisables. A 31 de diciembre de cada año (2024, 2025 y 2026) se consolidará la garantía salarial a nivel personal.
- Dentro de estos conceptos salariales se incluye el complemento transitorio de clasificación (por subida categoría oficina y en fase consolidación de 12 meses) y el complemento transitorio en funciones (por nombramiento cargo y en fase consolidación de 6 meses)
- Garantía de aplicación de la subida de Convenio a la MSC del nivel IV
- Mecanismo garantista de adaptación salarial para las personas a las que se les ha suprimido el nivel XIV y pasan a XIII
- Incorporación subida tarjeta restaurante (12,10€)
- El día de libre disposición adicional para los años 2024, 2025 y 2026 lo podrá disfrutar toda la plantilla de CaixaBank con independencia de su adscripción a horario general u horario laboral singular.
- Al colectivo de personas que, como consecuencia del cambio de tipología de oficina (pasando de S1 o S2 a V) perciben un Plus mercado, el incremento salarial pactado en Convenio Colectivo no les será absorbido por el citado plus.
- A tener en cuenta que, excepcionalmente, el proceso anual de cálculo de aceleración de carreras del año 2024 se aplicará en el mes de mayo de 2024 en lugar de hacerse en el mes de junio como establecen los acuerdos laborales que regulan el horario laboral singular Store e in Touch y la fecha de cálculo seguirá siendo el 31 de mayo
Pero esto era solo el comienzo. En próximas fases, CCOO vamos a exigir, como hemos dicho:
- Abordar la adecuación de pluses, ayudas al alquiler, manutención y desplazamiento a la realidad actual.
- Abrir una negociación específica para eliminar o mejorar significativamente los plazos y porcentajes de la adecuación progresiva Bankia.
- Abordar medidas concretas para mejorar el clima laboral.
- Abordar la negociación de mejoras de acuerdos ya existentes: GC, Store/InTouch, Carreras Profesionales, Formación, Prestamos, etc.
En cuanto a la publicación del Convenio Colectivo en el BOE, como en otras ocasiones, se producirá una vez el texto pase el control de legalidad de la Dirección General de Trabajo, que ya ha remitido algunas apreciaciones técnicas. Una vez que las partes firmantes concretemos su incorporación al texto, que será el día 21/5, se debería pasar a publicación por la Dirección General de Trabajo, lo que puede llevar a su publicación en BOE durante la segunda quincena de junio.