CCOO CaixaBank: El momento es AHORA
InicioZonaEstatalesElecciones en Extremadura 21D ¿Qué permisos te corresponden?

Si coincidiendo el 21D con tu jornada laboral, has sido designado Suplente, Miembro de una Mesa Electoral, o quieres ejercer tu derecho a voto, te explicamos tus derechos y los permisos que debes solicitar a través de PeopleXperience y PeopleNow.

Miembros de Mesas Electorales

  • Los empleados/as que hayan sido designados para estar en una mesa electoral y acaben constituyéndola y formando parte de la misma, tienen derecho a ausentarse de su puesto de trabajo el día de la votación (si le coincidiese con su jornada laboral) y a un permiso adicional de 5 horas más al día siguiente. En el momento de registrar estos permisos, deberán adjuntar la documentación acreditativa de su condición de miembros de la mesa electoral.
    • Registrar en el Portal del Empleado, con antelación al día 21 de diciembre, la solicitud de Permiso por deber inexcusable, solo en el supuesto de coincidencia con su jornada laboral: PeopleXperience > Acceso a Mi Portal > Vacaciones, Permisos y Ausencias > Seleccionar ‘Permiso por deber inexcusable’.
    • Para el permiso de 5 horas al día siguiente, con carácter previo al día 21 de diciembre, deberán tramitar la solicitud de Permiso por descanso postelectoral: PeopleNow > Acceso a Mi Portal > Vacaciones, Permisos y Ausencias > Seleccionar ‘Permiso por descanso postelectoral’. 
  • Si eres miembro de una mesa, y tuvieras que trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, debes pedir a tu mánager un cambio de turno, para asumir en condiciones la jornada electoral.

Suplentes de Mesa Electoral

  • Si finalmente el empleado/a designado como Suplente, acaba formando parte de la Mesa Electoral, debe registrar la ausencia ‘Permiso por deber inexcusable’, solo en el caso de coincidencia del día de las votaciones con su jornada laboral, al día siguiente cuando se incorpore al trabajo: PeopleXperience > Acceso a Mi Portal > Vacaciones, Permisos y Ausencias > Seleccionar ‘Permiso por deber inexcusable’.
  • Para el permiso de 5 horas al día siguiente, con carácter previo al día 21 de diciembre, deberán tramitar la solicitud de ‘Permiso por descanso postelectoral’: PeopleNow > Acceso a Mi Portal > Vacaciones, Permisos y Ausencias > Seleccionar ‘Permiso por descanso postelectoral’
  • En el momento de registrar estos permisos, deberán adjuntar la documentación acreditativa de su condición de Suplentes / Miembros de la mesa electoral.

Permiso para ejercer el derecho a voto

Los empleados/as que el día 21 de diciembre tengan una jornada laboral que coincida total o parcialmente con el horario de los colegios electorales, podrán disfrutar de un permiso retribuido y no recuperable de hasta 4 horas, dentro de la misma:

  • Si la coincidencia es como máximo de dos horas, la persona trabajadora no tendrá derecho a ningún permiso.
  • Si la coincidencia es de más de dos horas y de menos de cuatro, la persona trabajadora tendrá un permiso de 2 horas.
  • Si esta coincidencia es de más de cuatro y de menos de seis, la persona trabajadora tendrá un permiso de 3 horas.
  • Si esta coincidencia es de más de seis horas, la persona trabajadora tendrá el permiso general de 4 horas.

El registro del Permiso por ejercicio del derecho a voto se debe teclear con antelación al día 21 de diciembre: :PeopleNow > Acceso a Mi Portal > Vacaciones, Permisos y Ausencias > Seleccionar ‘Permiso por ejercicio del derecho a voto

Si tienes alguna duda en relación a estos permisos o su tramitación, contacta con tu Delegado/a de CCOO CaixaBank.

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