ERE 8291 salidas con fecha referencia 31/12/2021 para edad y antigüedad a la fecha de extinción. |
Según tipo de centro | - SSCC: 1.148
- SSCC distribuidos: 463
- DT: 250
- Red 5742
- Filiales 630
- EIC 58
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Grupo 1 | - =>63 años
- 20 días/año (tope 12 mensualidades)
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Por provincia | - A Coruña 39
- Álava 24
- Albacete 50
- Alicante 253
- Almería 105
- Asturias 65
- Ávila 61
- Badajoz 40
- Barcelona 595
- Burgos 34
- Cáceres 20
- Cádiz 125
- Cantabria 51
- Castellón 161
- Ceuta 16
- Ciudad real 72
- Córdoba 72
- Cuenca 13
| - Girona 85
- Granada 279
- Guadalajara 37
- Guipúzcoa 22
- Huelva 89
- Huesca 8
- Baleares 358
- Jaén 105
- La Rioja 123
- Las Palmas 293
- León 47
- Lleida 38
- Lugo 8
- Madrid 1.511
- Málaga 39
- Melilla 3
- Murcia 410
| - Navarra 66
- Orense 17
- Palencia 10
- Pontevedra 26
- Salamanca 21
- Tenerife 19
- Segovia 85
- Sevilla 237
- Soria 4
- Tarragona 36
- Teruel 2
- Toledo 63
- Valencia 528
- Valladolid 24
- Vizcaya 23
- Zamora 0
- Zaragoza 43
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Grupo 2 | - 58-63 años
- 15 años de antigüedad
- pago fraccionado 50% SR hasta los 63 años + CESS
- se descuenta paro y subsidio
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Grupo 3 | - 55-58 años
- 15 años de antigüedad
- indemnización 50% SR x4 (2 anualidades)
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Grupo 4 | - <55 años
- 25 días de SR / año (tope 18 mensualidades)
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SR | Salario Regulador: sólo salario fijo, sin variable ni de otra naturaleza |
Criterios afectación | Adscripción voluntaria con excepciones: - Por superarse el excedente definido en cada ámbito funcional y territorial.
- Evitar desequilibrio generacional: no se aceptarían las que supongan que más del 50% de las salidas fueran de más de 50 años.
- Puestos críticos según razones organizativas, perfil profesional, etc.
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Salidas forzosas | De no alcanzar el excedente señalado funcional y territorialmente, la adscripción sería por criterio de meritocracia según las EPC de los últimos años además de competencia, idoneidad, polivalencia Las personas en EIC (29/6/2016) están afectadas directamente |
Plan de recolocación | - Garantizado para todas las salidas
- acompañamiento hasta su recolocación, mejorando los mínimos legales, de manera eficaz
- Programa muy ambicioso y sin precedentes en ninguna empresa
- Pendiente de presentación específica
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Medidas de acompañamiento (art. 41) Se plantean en tres ejes: flexibilidad, ahorro de costes y previsión social |
| Flexibilidad | Ahorro de costes |
a) Eliminación rigidez de las Store, InTouch y BusinessBank: Flexibilidad | - cupo máximo
- cupos parciales cada provincia
- cupo máximo plantilla centros InTouch
- contratación externa si quedan desiertas las vacantes
| - eliminación del plus de hls si salario > 50000 eur y 1500 para <50000
- eliminación del plus de cargo 2025
- eliminación progresividad pérdida del plus
- eliminación de la aceleración de carrera en estos centros
- adscripción forzosa cuando no hay voluntarios
- adscripción forzosa de vacantes en ámbitos con plantilla excedentaria en un radio de 75km
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b) Flexibilización del sistema de clasificación de oficinas | (no desarrollado) |
c) Red rural | - Sólo sostenible si es menos rígida y más barata
- Redefinir concepto red rural >10000hab
- Subdirector no obligatorio
- Oficinas no clasificadas
- Eliminación de cupos modalidades s1 s2 y v
- Flexibilizar tipologías s1 y v y eliminación restricciones participar en campañas
- Ampliar modelo clientes de las S2 de 1800 a 2000
- Integrar la figura del Ofibus
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d) Pase de todos los GCII a GCI |
e) Eliminación de la cobertura de bajas y vacaciones |
Medidas de ahorro de costes | | - Ayuda Hijos: Complemento personal consolidado, pero desaparición a futuro
- Reducción de 1500 € en la Mejora Salarial Caixa para niveles IV a XII y de 3000 € para niveles I, II y III
- Eliminación de las pagas (defunción, natalidad…)
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Previsión Social Complementaria | - Prestaciones definidas causadas, revalorización fija a partir enero 2022 del 0,20% anual
- Mix equilibrio prestaciones por riesgos en capitales en lugar de rentas (pendiente concretar) con tope de 100.000 €
- Aportaciones de jubilación:
- mantenimiento para todos los colectivos actuales a título personal
- onuevas incorporaciones 4% anual: 3% a cargo de la empresa y 1% a cargo del empleado/a.
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